A continuación les informamos sobre los vencimientos fiscales que tendrán lugar durante el mes de enero de 2021:

  • Hasta el próximo 20 de enero de 2021, entre otros: 
    • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, y premios.
    • Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216
  • Hasta el próximo 1 de febrero de 2021, entre otros:
    • Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas, correspondientes al 2020. Modelos: 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270
    • IVA Impuestos sobre el Valor Añadido y su resumen anual del 2020. Modelos: 303 y 390.
    • Pagos fraccionados de la renta. Modelos: 130, 131
    •  Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349

En aquellos casos en los que las autoliquidaciones resulten en una cuota a ingresar, los plazos para domiciliar el pago de la cuotas tributarias son como siguen:

  • Hasta el próximo 15 de enero de 2021, para aquellas autoliquidaciones con vencimiento el 20 de enero de 2021.  
  • Hasta el próximo 26 de enero de 2021, para aquellas autoliquidaciones con vencimiento el 1 de febrero de 2021. 

Por favor, pónganse en contacto con nuestras oficinas para facilitarnos la documentación necesaria para preparar sus autoliquidaciones.