¿Eres residente fiscal en España y tienes bienes y/o cuentas en el extranjero? ¿Tienes una sociedad española con bienes y/o cuentas en el extranjero? A pesar de no ser el titular, ¿tienes poderes de disposición sobre algún bien y/o cuenta en el extranjero?
Si respondes afirmativamente a alguna de estas preguntas, puede que estés obligado a presentar una declaración informativa sobre los bienes y derechos situados en el extranjero.
El próximo 2 de abril expira el plazo para presentar el MODELO 720, con la información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, correspondiente al ejercicio 2017.
El régimen sancionador que se ha establecido para esta obligación es EXTREMADAMENTE gravoso, tanto cuantitativa como cualitativamente. Si tienes dudas sobre si estás obligado o no a presentar esta declaración, te recomendamos concertar una cita en nuestras oficinas para solicitar asesoramiento al respecto.
El modelo 720, incluye la información referente a los siguientes bienes y derechos:
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
- Bienes Inmuebles o derechos sobre ellos situados en el extranjero.
La obligación de declarar para este ejercicio abarca las siguientes situaciones:
- En cualquier caso, cuando se supere el importe de 50.000,00 para cada grupo de bienes y derechos antes expuesto, en las condiciones establecidas.
- En caso de cesar en la condición de declarante de los bienes y derechos antes expuestos durante el año objeto de declaración.
- En caso de superar el umbral de 20.000,00 euros de incremento para cada tipo de bienes y derechos previamente declarados, en las condiciones establecidas.
Bajo las condiciones y límites establecidos, quedan obligados a declarar las personas físicas y jurídicas residentes en España, los establecimientos permanentes en España de entidades o personas no residentes, y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición.